Un reciente fallo del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal concede a Jesús Murillo Karam, exprocurador general de México, la posibilidad de llevar a cabo sus procesos penales relacionados con el caso Ayotzinapa en prisión domiciliaria. Este beneficio, negado previamente por un juez de Distrito, implica un cambio en el lugar de cumplimiento de la prisión preventiva justificada. La resolución, basada en el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), considera la excepción que permite la ejecución de la prisión preventiva en el domicilio del imputado en casos de enfermedad grave o avanzada edad, criterios que Murillo Karam cumple. Este fallo marca un hito en el controvertido caso y establece nuevas pautas en el desarrollo del proceso judicial.
Un recurso de revisión incidental, promovido por Murillo Karam, fue la clave en esta decisión. Los magistrados, por mayoría de votos, determinaron que el exfuncionario sí tiene derecho a este beneficio procesal, a pesar de las objeciones planteadas por la Fiscalía General de la República. Además, se destaca que la medida no implica la liberación del acusado, sino simplemente la redefinición del lugar de cumplimiento de la prisión, garantizando así el cumplimiento de las medidas de control pertinentes.
Jesús Murillo Karam, nacido hace 74 años en Real del Monte, Hidalgo, es un político y abogado mexicano con una extensa trayectoria en el ámbito público. Desde su paso por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) hasta su gestión como procurador general, ha sido una figura relevante en la escena política y judicial de México. Su participación en casos como la captura de Joaquín “el Chapo” Guzmán y la investigación tras la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa han marcado su carrera y lo han situado en el centro del debate nacional.


