- El TEPJF pidió al INE pronunciarse sobre si el aspirante cumple con el requisito de buena reputación.
- César Gutiérrez Priego es hijo del exgeneral Jesús Gutiérrez Rebollo, condenado por vínculos con el narcotráfico.
- El aspirante busca ser ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) revisar si César Gutiérrez Priego cumple con los requisitos para ser candidato a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), específicamente el de “gozar de buena reputación”, como lo establece el artículo 95 de la Constitución.
La decisión surge tras una solicitud presentada el 7 de abril por Ricardo Alejandro Vázquez Álvarez, exsargento del Ejército, quien pidió al INE cancelar la candidatura de Gutiérrez Priego por su presunta falta de reputación adecuada para el cargo.
Inicialmente, la Dirección Jurídica del INE respondió que no tenía facultades para tomar esa decisión. Sin embargo, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña propuso que el Consejo General del INE sí debe pronunciarse de forma oficial. La propuesta fue aprobada por unanimidad en la Sala Superior del TEPJF.
¿Quién es César Gutiérrez Priego?
Gutiérrez Priego es abogado y busca ocupar uno de los 881 cargos judiciales que se renovarán el 1 de junio. Su postulación ha generado controversia por ser hijo del exgeneral Jesús Gutiérrez Rebollo, conocido como el “zar antidrogas” en los años noventa.
Gutiérrez Rebollo fue director del Instituto Nacional para el Combate a las Drogas, pero en 1997 fue arrestado por proteger al narcotraficante Amado Carrillo Fuentes, líder del Cártel de Juárez. En 2000 fue sentenciado a 40 años de prisión por delitos como encubrimiento, soborno y transporte de drogas. Falleció en prisión en 2013.
Lo que sigue
Con la resolución del TEPJF, el INE deberá emitir un fallo claro sobre si César Gutiérrez Priego puede o no mantener su candidatura. Esta decisión será clave para definir si cumple con los criterios constitucionales de elegibilidad, sin que esto implique una cancelación automática.



