En el marco del Reglamento de Tránsito en vigor en la Ciudad de México (CDMX), es fundamental para los conductores estar al tanto de las normativas que regulan el uso de la reversa en los vehículos. Contrariamente a lo que algunos puedan creer, el desconocimiento o mal uso de esta función podría derivar en sanciones específicas.
Dentro de las múltiples infracciones contempladas en el reglamento, una de ellas focaliza la circulación en reversa. Según la normativa, se prohíbe a los conductores de cualquier tipo de vehículo:
Circular en reversa por una distancia superior a los 30 metros, a menos que la circulación hacia adelante sea inviable.
Aquellos que no cumplan con esta disposición estarán sujetos a sanciones monetarias proporcionales. Las multas, expresadas en unidades de medida y actualización (UMA), se fijan en 5, 7 o 10 veces el valor de la UMA vigente.
Estas penalizaciones equivalen a 542.85, 759.99 y 1,085.7 pesos respectivamente, considerando la actualización del valor diario de la UMA conforme a los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Asimismo, se destaca la importancia de que las luces de reversa estén operativas, ya que cumplen un papel crucial para indicar los movimientos del vehículo. La falta de funcionamiento de estas luces también conlleva multas, las cuales siguen la misma escala de 5, 7 o 10 veces el valor de la UMA vigente.



