- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalida una reforma del Código Penal de Ciudad de México que introducía el delito de “corrupción”.
- La medida, que buscaba imponer penas más severas a funcionarios y particulares, fue rechazada por el Pleno de la SCJN.
- La invalidez de la reforma tiene efectos retroactivos al 8 de junio de 2021, fecha en que entró en vigor.
En una sesión celebrada este martes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló una reforma del Código Penal de Ciudad de México que establecía el delito de “corrupción”. Esta reforma tenía como objetivo imponer sanciones más severas tanto a funcionarios públicos como a particulares.
La Corte invalidó específicamente el artículo 256 del Código Penal para el Distrito Federal, primer párrafo, en la porción que hace referencia a aquellos que “tengan la dirección o administración de una asociación civil que reciba fondos, recursos o apoyos públicos”.
Asimismo, fueron anulados los párrafos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo que formaban parte del título relacionado con los delitos contra la buena administración cometidos por servidores públicos.
La decisión de la Corte se fundamenta en la confusión e incertidumbre generada por la definición de los elementos del delito de corrupción cometido por un servidor público, presente en el segundo párrafo. La creación de un sistema complejo de penas y agravantes fue considerada no compatible con el principio de seguridad jurídica.
Dado que se trata de una norma penal, la invalidez tiene efectos retroactivos desde la fecha de entrada en vigor, el 8 de junio de 2021.