El Diario Oficial de la Federación publicó el 24 de enero la reforma al primer párrafo del artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de corregir un error que propiciaba la posibilidad de tener un doble Congreso, al coincidir las fechas de los periodos de las Legislaturas 65 y 66 del Congreso de la Unión.
La modificación al primer párrafo del artículo 65 establece que el Congreso se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para llevar a cabo un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 1o. de febrero para realizar un segundo periodo de sesiones ordinarias.
Los artículos transitorios señalan que la LXV Legislatura del Congreso de la Unión concluirá el 31 de agosto de 2024. Por su parte, los diputados federales electos el 2 de junio para integrar la LXVI Legislatura asumirán su cargo a partir del 1o. de septiembre de 2024 y durarán en funciones 36 meses, hasta el 31 de agosto de 2027. Los senadores electos para las LXVI y LXVII Legislaturas desempeñarán su cargo durante 72 meses, contados desde el 1o. de septiembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2030.
La necesidad de esta reforma surgió en agosto de 2023, cuando la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados propuso regresar al texto original del artículo 65, vigente en 2014, para evitar el riesgo de un doble Congreso, que coincidiría en el último mes de la 65 Legislatura con el primer mes de la 66 Legislatura. Esta situación generaría una doble erogación de recursos económicos y humanos durante 30 días.
El diputado de Morena, Juan Ramiro Robledo Ruiz, destacó que la modificación busca corregir la situación generada por la reforma de 2014, que resultaba innecesaria y creaba un desfase en la duración de las legislaturas sin justificación. Con esta corrección, se simplifica el proceso para las legislaturas venideras.