México, 30 de noviembre de 2021.- El pleno del Senado aprobó con 81 votos en pro, 10 en contra y una abstención reformas a la Ley General de Salud para castigar hasta con 15 años de cárcel el robo de vacunas, incluidas aquellas del Programa de Vacunación Universal, medicamentos y tanques de oxígenos del sector salud.
La iniciativa presentada por Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD, decreto que reforma las fracciones I y II del artículo 462 Bis 1, y se adicionan las fracciones II y IV al artículo 462 Bis 1 y el artículo 462 Bis 2 de esta legislación para crear un tipo penal para el robo de vacunas, ya sea que estas pertenezcan a un programa universal o se implementen en medio de una emergencia sanitaria, como la que actualmente vive el país por la pandemia de Covid-19.
De la misma forma, se incluye el robo de tanques y de oxígeno.
El texto de la iniciativa establece que será castigado el que se apodere de forma indebida de una o más vacunas que sean propiedad de las instituciones que constituyan el Sistema Nacional de Salud o aquellas incluidas en el Programa de Vacunación Universal destinadas a acciones ordinarias o extraordinarias de vacunación.
O, al que se apodere de forma indebida de algún medicamento o de alguna ayuda funcional considerada como tal dentro de los insumos para la salud.
Los senadores fijaron postura y reconocieron que durante la pandemia el robo de medicamentos se disparó 82.5 por ciento sólo en el año 2020 y el valor del mercado negro puede alcanzar los mil 500 millones de dólares.
Sylvana Beltrones, senadora del PRI, señaló que el robo de medicinas es un fenómeno de delincuencia organizada.
“Se necesita toda la fuerza del Estado para poder combatir una situación que pone en peligro de forma frontal la vida e integridad de miles de familias”.
Antonio García Conejo, senador del PRD, dio cuenta que en México existe una organización criminal que trafica con fármacos ilegales en los estados Guanajuato, Jalisco, Guerrero y Michoacán.
En el dictamen aprobado, se propone una pena de tres a 10 años de prisión y multa de 300 a 3 mil veces la Unidad de Medida de Actualización (26,886 a 268,860 pesos), cuando las vacunas tengan como propósito la inmunización de un agente patógeno.
El mismo castigo aplicará cuando algún medicamento o alguna ayuda funcional sea de uso esencial durante la acción extraordinaria.
Se señala que, cuando la persona sea servidora pública y cometa alguna de estas dos conductas, se le aplicará una pena de 5 a 15 años de prisión y multa de 300 a 3 mil veces la Unidad de Medida de Actualización.
La minuta se envió a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales correspondientes.