El Diario Oficial de la Federación (DOF) anunció la entrada en vigor, a partir del viernes 5 de abril, de un decreto que establece sanciones para los patrones que no afilien a sus trabajadores al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot).
Esta medida, aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados en noviembre de 2019, tiene como objetivo principal garantizar que los empleadores cumplan con su obligación de afiliar a los trabajadores al Infonacot, permitiéndoles acceder a créditos en condiciones favorables.
Según las reformas al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, los patrones que omitan esta obligación serán multados con montos que oscilan entre 50 y mil 500 unidades de Medida y Actualización. Es importante destacar que la afiliación al Infonacot será gratuita para los empresarios.
El propósito de esta medida es asegurar que los trabajadores tengan acceso a créditos que mejoren su bienestar económico, al tiempo que se fomenta un clima laboral propicio y se impulsa la productividad en las empresas.
El decreto publicado en el DOF detalla específicamente las modificaciones al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, resaltando la importancia de que los patrones cumplan con todas las obligaciones establecidas en el artículo 132, fracción XXVI Bis, que se refiere a la afiliación al Infonacot.
Con esta reforma, el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos busca fortalecer los derechos laborales de los trabajadores y garantizar que los patrones cumplan con sus responsabilidades legales en materia de afiliación al Infonacot.
El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot) es un organismo público descentralizado sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cuyo objetivo es promover el desarrollo integral de los trabajadores y el crecimiento de su patrimonio familiar a través del acceso a créditos y otros servicios financieros de calidad.