La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido, de manera unánime, excluir al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo de la consideración del amparo concedido a Mario Aburto Martínez, el cual podría resultar en su liberación el próximo 23 de marzo.
La decisión se fundamenta en el impedimento de Pardo Rebolledo para abordar este asunto, derivado de su participación previa como juez federal en el Estado de México. En ese rol, resolvió un proceso penal vinculado a las investigaciones sobre el homicidio del excandidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio, ocurrido en 1994.
En 1996, Pardo absolvió a Othón Cortés Vázquez, señalado como el segundo tirador contra Colosio en Lomas Taurinas. La Fiscalía General de la República busca revivir esta hipótesis, ahora contra un exagente del Cisen. Además, el ministro absolvía a Fernando de la Sota y Alejandro García Hinojosa, exintegrantes del equipo de seguridad de Colosio, acusados de falsedad de declaraciones.
Como consecuencia de esta decisión, el amparo otorgado a Mario Aburto será transferido a otro ministro de la Sala, quien se encargará de elaborar el proyecto de sentencia y presentarlo en las próximas semanas.
La Corte deberá evaluar esta resolución para determinar si la condena de Aburto se basa en el Código Penal de Baja California, con una pena de 30 años por homicidio, permitiéndole salir el 23 de marzo, o si prevalecerá la condena original, dictada según el Código Penal Federal, que establece 45 años para este delito.