México, 8 de febrero de 2021.- Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, propuso multar con más de 89 millones de pesos a las redes sociales que cancelen cuentas y/o eliminen contenidos de sus usuarios.
El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), hizo publica este lunes su iniciativa para regular las redes sociales, en la que afirma que el Senado no pretende ser autoritario e incidir discrecionalmente en las decisiones internas de los propietarios de redes sociales, con respecto a todos los criterios que establece en sus términos y condiciones del servicio, especialmente, los aspectos comerciales, pero tampoco debe permanecer indiferente ante las posibles vulneraciones a la libertad de expresión.
Monreal Ávila propone que sea el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el que garantice el ejercicio de la libertad de expresión en el ciberespacio y establecer límites claros a los propietarios de las redes sociales respecto a la suspensión y eliminación de cuentas.
El IFT establecerá lineamientos generales y aspectos técnicos especializados que garanticen y maximicen la libertad de expresión.
Se incluye la revelación de datos personales como elemento que puede acreditar la procedencia de limitación a la libertad de expresión por parte de los autorizados.
Habrá un esquema de sanciones en Unidades de Medida de Actualización (UMAs), que fija como posibilidad que la multa mínima que imponga el IFT parta de la cantidad correspondiente a 1 UMA (89.62 pesos) teniendo como monto máximo la cantidad de 1,000,000 de UMAs (89,620,000 pesos) atendiendo a la gravedad de la violación al derecho humano de libertad de expresión.
Habrá un procedimiento abreviado por el cual IFT atenderá las quejas presentadas por los usuarios que no obtengan una resolución por parte de la red social, o bien, que esta no les sea favorable.
En primera instancia serán los propietarios de redes sociales junto con sus usuarios los que resuelvan cualquier tema relacionado con la suspensión o cancelación de cuentas o la eliminación de contenidos.
Las partes deberán llegar a una conciliación en un plazo no mayor a 24 horas y, en caso de que el usuario no resuelva la reclamación, podrá acudir al Instituto Federal de Telecomunicaciones a efecto de interponer la queja correspondiente.
En contra de la resolución que emita el IFE procederá el juicio de amparo, a efecto de respetar el acceso a la justicia de los usuarios.
En la propuesta se define que el servicio de redes sociales será aquel que se ofrezca a través de Internet cuya principal funcionalidad principal es difundir dentro de la plataforma información generada por sus propios usuarios como texto, datos, voz, imágenes, videos, música, sonidos o combinación de los anteriores, con la finalidad de informar, entretener o educar.
Se establece también la definición de redes sociales relevantes como aquellas que cuentan con un 1 millón o más de suscriptores, por lo cual este tipo de red es capaz de generar un impacto mayor en procesos de comunicación social y en la esfera jurídica de los ciudadanos.
Se crea la figura de las “Autorizaciones para los Servicios de Redes Sociales”, para proteger la libertad de los usuarios de redes sociales y se les dé certeza jurídica a éstos como a los propietarios.
Las redes sociales deberán contar con un mecanismo expedito para recibir impugnaciones de los usuarios en contra de la suspensión de cuentas o perfiles, la eliminación de contenidos o la cancelación definitiva de éstas.
Las limitaciones a la libertad de expresión serán consistentes con los artículos 6º y 7º de la Constitución, los tratados internacionales suscritos en la materia, la legislación nacional y la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se protegerán los derechos de menores de edad, se elimina la difusión de mensajes de odio, se evitará la propagación de noticias falsas, los datos personales quedará a salvaguarda conforme a la legislación en la materia y las demás de orden e interés público que establezcan los lineamientos dictados por el IFT.
Se establece la prohibición a los propietarios de redes sociales de usar algoritmos o tecnologías sistematizadas para cancelar cuentas de manera definitiva.
Éstas deberán contar con un área especializada en temas relacionados con libertad de expresión y derechos humanos, esto encuentra fundamento en la necesidad de que al tratarse de un derecho humano pilar fundamental de la democracia, las decisiones que recaigan sobre éste deber ser tomadas por personal calificado.
Se dejan a salvo las atribuciones constitucionales y legales del Instituto Nacional Electoral (INE) en materia político-electoral, esto para el efecto de que como árbitro del proceso electoral pueda determinar todo lo relacionados con las redes sociales y los sujetos obligados en la materia.